Indemnización por fallecimiento en accidente laboral

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¿Cómo se reclama una indemnización por fallecimiento en un accidente laboral?
En Sánchez & M somos abogados muy especializados y con más de 30 años de experiencia en todo tipo de indemnizaciones derivadas de accidentes de trabajo y cuya resultado sea la muerte por accidente laboral de un trabajador.
Tras un accidente laboral y cuya consecuencia es la muerte del trabajador, existe un gran desconocimiento legal por parte de los familiares o personas cercanas a las víctimas, esto les puede llevar a no realizar una adecuada reclamación donde les pueden corresponder unas cantidades derivadas de los daños y perjuicios causados por el accidente laboral, y en ocasiones solo se reclaman y perciben las prestaciones que le puedan corresponder por parte de la Seguridad Social.
Las Indemnizaciones por fallecimiento en un accidente laboral que tienen derecho los familiares de las víctimas se dan cuando exista una responsabilidad clara por culpa del empresario, si en este siniestro con resultado de fallecimiento por parte del trabajador los familiares podrán ejercitar todas las acciones que estimen oportunas para ser indemnizados de manera justa y objetiva.

¿Cuál es la cuantía a indemnizar?

Para valorar y determinar la cuantía la indemnización que pueden recibir los familiares de un accidente tan desgraciado del trabajador, se puede aplicar como base para su cálculo el baremo de accidentes de tráfico en los accidentes laborales, no es obligado criterio su aplicación y esto dependerá en muchas ocasiones del juzgado y la propia mecánica del accidente, en el mismo baremo determina las categorías de los perjudicados, en concreto en su Tabla I, como el cónyuge, los hijos, los padres y hermanos menores, huérfanos y dependientes de la víctima, los cuales pueden concurrir en la indemnización. 

Todos ellos las pueden solicitar, si bien las cuantías son distintas, regulando también como perjudicados a los hermanos sin que exista convivencia con el fallecido cuando no existan cónyuges, hijos y ni padres del mismo.

¿Cuáles son los perjuicios de los daños emergentes?

Generales; aquellos que deben de realizar los perjudicados del fallecimiento de la víctima, desplazamientos, manutención, alojamientos, etc.

Específicos; entierro de la víctima, funeral, traslado del cadáver etc.

Indemnización por fallecimiento

Si se produce un accidente laboral con resultado de fallecimiento cabe la reclamación por los daños patrimoniales, entre otras partidas todos los gastos del sepelio así como el lucro cesante, que son aquellas perdidas de ganancias para los perjudicados que dependían y vivían de los ingresos económicos del fallecido, sin tener que aplicar el baremo antes mencionado y solicitar las cantidades que correspondan acreditando la pérdida real y objetiva de dicho perjuicio económico.

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